Cuando
usted vuelva a la Unión Europea, puede llevarse, por
persona y sin ningún coste adicional, las cantidades
de productos comprados en Andorra que se indican en el cuadro
que puede ver en esta página.
Tiene que declarar en la aduana todos los productos que pasen
de los límites indicados en este gráfico. No puede
acumular las franquicias en valor, ni entre viajeros ni entre
productos agrícolas ni industriales.
El
alcohol, el tabaco, el café, el té, los perfumes
y las colonias están limitados en cantidad y no se tiene
en cuenta su valor. En cambio, tiene otros productos a su alcance
como la leche, la mantequilla, el queso, el azúcar o
los dulces, en los que sí se tiene en cuenta el valor.
No hace falta que declare en las aduanas comunitarias los productos
que no sobrepasen estos límites, siempre que sean para
uso personal. Las cantidades permitidas pueden variar según
la edad del viajero.
Finalmente, infórmese en cualquier aduana comunitaria
sobre las limitaciones especiales que puedan aplicarse en todo
momento y, en particular, sobre los productos animales o vegetales,
animales vivos, especies en vías de extinción,
medicamentos, armas y municiones, objetos de arte y de colección,
divisas, oro y medios de pago.
| Productos
agrícolas
Café:
1.000 g de café o 400 g de extractos
Té: 200 g de té o 80 g de extractos
Alcohol (*): 1,5 l de licores de más de 22
grados o 3 l de licores o de aperitivos de menos de
22 grados o de vinos espumosos / 5 l de vinos de mesa
Tabaco (*): 300 cigarrillos o 150 puros (de menos
de 3 g por pieza) o 75 puros (de más de 3 g
por pieza) o 400 g de tabaco para pipa
Otros:
Hasta un valor de 175 euros
Las personas menores de 15 años, hasta un valor
de 90 euros
sin sobrepasar:
2,5 kg. de leche en polvo
3 kg. de leche condensada
6 kg. de leche fresca
1 kg. de mantequilla
4 kg. de queso
5 kg. de azúcar y dulces
5 kg. de carne |
Productos
industriales
Perfumes:
75 g de perfumes
375 ml. de colonias
Otros:
Hasta un valor de 525 euros
Las personas menores de 15 años, hasta un valor
de 270 euros |
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